La Voz hispanicnews

Al Tanto con Inmigración

P#1: Escuché que el Servicio de Inmigración requiere la vacunación completa antes de que se aprueba una Mica a alguien que solicita el Estatus de Residente Permanente Legal. ¿Es esto cierto?
R#1: Si. El 14 de septiembre de 2021, el Servicio de Inmigración anunció que, a partir del 1 de octubre de 2021, cualquier persona que complete su Examen Médico para obtener su Mica debe primero estar completamente vacunada contra COVID-19 antes de recibir su Mica dentro de los Estados Unidos.

P#2: Si asisto a una entrevista en un consulado fuera de los Estados Unidos, ¿todavía debo vacunarme?
R#2: Sí, además de las otras vacunas requeridas rutinarias, aunque puede haber algunas excepciones para los solicitantes que aún no tienen acceso a la vacuna COVID-19 en su país de origen. Sin embargo, estas excepciones serán cada vez menos comunes a medida que la vacuna continúe estando disponible en todo el mundo.

P#3: ¿Qué pasa si tengo menos de 14 años y estoy inmigrando con mi familia?
R#3: Cualquier persona mayor de 14 años deberá recibir la vacuna COVID-19, pero aún no es necesario vacunar a cualquier persona menor.

P#4: ¿Existen otras excepciones a esta regla?
R#4: Si. Si tiene una condición médica grave, se le puede otorgar una excepción si puede someter documentación suficiente que demuestre su condición médica. A ciertas personas que han tenido creencias religiosas o convicciones morales sinceras también se les puede otorgar una excepción. Sin embargo, estos también deben estar bien documentados antes de que se les otorgue una excepción.

P#5: Si estoy en el proceso de obtener mi Mica y envié mi solicitud antes del 1 de octubre de 2021, pero no he asistido a mi entrevista, ¿tengo que mostrar prueba de estar completamente vacunado?
R#5: Es posible que no esté obligado a hacerlo, pero debe vacunarse para evitar posibles retrasos en que el aprueben su Mica permitirá renovar su Mica.

Eamonn P.S. Roach es un abogado de la firma Roach & Bishop, LLP en Pasco, Washington, que practica la ley en asuntos de inmigración. Esta información no consiste en un consejo legal. Es posible que esta información no se aplique a usted. Cada caso depende de todos los hechos particulares. Si usted tiene preguntas acerca de las leyes de inmigración que le gustaría respondidas en esta columna, envíelas a: Eamonn P.S. Roach, 9221 Sandifur Parkway, Suite C, Pasco, WA 99301, tel.: (509) 547-7587, fax: (509) 547-7745; o enviar un email a eroach@roachlaw.com.

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