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¿Debe dinero al irs?

* ¿Qué hacer si usted está entre quienes recibieron una cuenta por impuestos adeudados?

* ¿Qué puede hacer si le debe dinero al IRS y no puede pagar?

Según Joe Muñoz, Portavoz del IRS, dice que el IRS le recomienda pagar la cantidad completa de su deuda tributaria a tiempo. Si recibe una cuenta por impuestos tardíos se espera que usted pague inmediatamente el impuesto adeudado incluyendo cualquier penalidad e interés adicional. A menudo a usted le conviene más conseguir un préstamo para pagar la deuda completa en lugar de pagar al IRS a plazos. Usted también puede pagar su cuenta con tarjeta de crédito. La tasa de interés de una tarjeta de crédito o de un préstamo bancario podría ser más baja que la combinación de intereses y penalidades que adjudica el Código de Impuestos Internos.

Usted puede pagar el balance adeudado por tarjeta de crédito, transferencia electrónica de fondos, cheque, giro de dinero, giro bancario, o efectivo. Para pagar con tarjeta de crédito contacte a Official Payments Corporation al 800-272-9829 (también www.officialpayments.com) o a Link2Gov al 888-729-1040, opción 2 en español (también www.pay1040.com). Para pagar usando la transferencia electrónica de fondos usted puede aprovechar el Sistema Federal de Pago de Impuestos Electrónico (EFTPS) llamando al 800-555-4477 o 800-945-8400 (también www.eftps.gov).

Un acuerdo de pago a plazos puede ser solicitado si usted no puede pagar completamente la cantidad adeudada. Este es un acuerdo entre usted y el IRS para cobrar el monto adeudado en pagos a plazos mensuales. Para cumplir con los requisitos para un acuerdo de pago a plazos primero debe completar todas las declaraciones requeridas y estar al día con sus pagos estimados de impuestos. Si usted es un empleador, debe de estar al día con sus depósitos de impuestos federales.

Si usted adeuda $25,000 o menos combinando impuestos, penalidades e intereses, puede solicitar un acuerdo de pago a plazos usando la función de Internet, Online Payment Agreement (OPA), disponible en el sitio IRS.gov. De lo contrario, usted puede completar la Forma 9465, Installment Agreement Request, y enviarla por correo postal al IRS junto con su cuenta por cobrar en el sobre que recibió del IRS. El IRS le informará dentro de un plazo de 30 días si su solicitud es aprobada, negada, o si se necesita más información.

Usted podría calificar para un acuerdo de pago a plazos aun si adeuda más de $25,000, pero podría tener que completar la Forma 433F, Collection Information Statement.

Si se aprueba un acuerdo de pago, se cobrará un cargo de usuario una sola vez. El cargo de usuario por un nuevo acuerdo es $105 o $52 para acuerdos en que los pagos se retiran directamente de su cuenta bancaria. A personas elegibles con ingresos a cierto nivel o por debajo de este, se cobrará un cargo de $43.

Para más información acerca de acuerdos de pagos a plazos y otras opciones de pago visite el sitio de Internet del IRS en IRS.gov. El IRS brinda información adicional acerca de opciones de pago en las Publicaciones 594 y 966. Estas publicaciones y la Forma 9465 pueden bajarse en el sitio de Internet IRS.gov u ordenarse llamando al 800-829-3676.

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