Leyes Del Estado De Washington En Cuanto A Un “DUI”

Se estima que más de un millón y medio de personas cada año tienen cargos debido a manejar bajo la influencia del alcohol (DUI).
P#1. ¿Cuáles son mis derechos si soy detenido por la policía debido a un “DUI”?
R#1. Usted tiene varios derechos si un policía le detiene. El más importante es el derecho a tener un abogado para ayudarle en cada paso de su proceso. Usted también tiene derecho a mantenerse en silencio. La policía no puede forzarle a hablar. Todo lo que usted diga puede ser usado en su contra y perjudicarle en su caso. Además, los exámenes de sobriedad son voluntarios.
P#2. Yo tomé alcohol antes de manejar, ¿soy culpable de un “DUI”?
R#2. La mayoría de las personas que tienen cargos por manejar bajo la influencia del alcohol son personas que solamente tomaron unas cuantas bebidas a la hora de la cena y la policía los detuvo por no tener las luces encendidas o por sobrepasar la velocidad; algo de poca importancia. Luego la policía le pregunta si ha bebido esa noche y si está de acuerdo en pasar un examen de sobriedad. Cuando le arresten le darán la opción de hacer un examen oficial voluntario de alcohol en su aliento.
Entonces, el siguiente paso es ir a la cárcel. No es ilegal tomar alcohol y manejar un coche. Toda persona tiene el derecho a viajar en el estado de Washington sin la interferencia de la policía. Las leyes de “DUI” del estado de Washington sólo dicen que es un crimen si usted maneja mientras está bajo la influencia de drogas o de alcohol, siempre que el nivel del contenido de alcohol en la sangre (BAC) sea de .08 o más.
Esto quiere decir que usted ha tomado lo suficiente para afectar su forma de conducir, entonces puede ser culpable de un “DUI”. En algunas ocasiones, puede ser arrestado por tener el BAC menos de .08, pero la culpabilidad no es automática.
P#3. ¿Qué me pasa si me declaran culpable de un “DUI”?
R#3. Una condena de un “DUI” es una condena criminal que se queda en su record para siempre. Los castigos por una convicción como ésta incluyen por lo menos tiempo en la cárcel o monitores electrónicos en su casa, multas, consejo profesional ordenados por la corte y manejar con condiciones. En todos los casos, su privilegio de manejar es suspendido por algún tiempo y el precio del seguro de su carro sube. Se hizo efectivo el 10 de Junio del 2004 que todas las personas con convicción de “DUI” tienen que llevar en el coche un aparato para medir el nivel de alcohol en la sangre a costo propio, que es aproximadamente $70 al mes. Además, muchos empleadores están negando empleo a aquellas personas que han tenido convicciones por manejar bajo la influencia del alcohol.
P#4. ¿Tengo que pasar el examen de alcohol en mi aliento?
R#4. Después de ser arrestado por un “DUI”, la policía le pregunta si usted quiere tomar el examen para determinar si el alcohol en su sangre está por encima del límite. El límite legal para un adulto en Washington es .08. No le pueden obligar a tomar este examen, sin embargo, en la mayoría de los casos si usted se niega, pierde el privilegio de manejar por un tiempo mucho más largo que si usted está de acuerdo en tomar el examen. Es complicado saber cuándo usted debe tomar este examen, por eso debería que tiene el derecho de consultar con un abogado antes de hacerlo.
P#5. Si soy condenado por un DUI, ¿cuál es el efecto de un DUI en mi estado de inmigración?
R#5. Si usted es un Residente Permanente Legal, una convicción por un DUI no será razón suficiente para revocar su estatus de Residente. Si usted es indocumentado y obtiene un DUI, eso no debería descalificarle para obtener estatus de Residente si usted se casa con un ciudadano estadounidense. Sin embargo, el problema más grande por ser arrestado por un DUI es que en cuanto usted es puesto en la cárcel la Patrulla Fronteriza le encuentra allí y puede comenzar el proceso de deportación.

Tomás Roach es un abogado del bufete Roach & Bishop, LLP en Pasco, Washington, que practica la ley en asuntos de inmigración. Esta información no consiste en un consejo legal. Es posible que esta información no se aplique a usted. Cada caso depende de todos los hechos particulares. Si usted tiene preguntas sobre las leyes de inmigración, para que aparezcan en ésta columna, envíelas a: Tomás Roach, 9221 Sandifur Parkway, Suite C, Pasco, WA 99301, tel.: (509) 547-7587, fax: (509) 547-7745; o enviar un email a troach@roachlaw.com

Acerca del Autor
Tomás Roach es un abogado de el bufete Roach y Peterson LLP de Pasco,WA., que practica la ley en asuntos de inmigración. Esta información no consiste en un consejo legal. Es posible que esta información no aplique a usted. Cada caso depende en todos

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