Prohíben alterar Escudo Nacional y símbolos patrios

Publica Diario Oficial reforma a la Ley Sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacional; queda prohibido cualquier alteración

CIUDAD DE MÉXICO -La Secretaría de Gobernación publicó hoy en el Diario Oficial de la Federación el decreto por el que se reforma la Ley Sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales. El Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos decreta :

Artículo único.- Se reforman los artículos Quinto y Sexto en su último párrafo de la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales para quedar como sigue:

Artículo Quinto.- Toda reproducción del Escudo Nacional deberá corresponder fielmente al modelo que se refiere el artículo segundo de esta Ley, el cual no podrá variarse o alterarse bajo ninguna circunstancia.

En el artículo Sexto se establece que:

El Escudo Nacional sólo podrá figurar :

-En los vehículos que use el Presidente de la República.

-En el papel de las dependencias federales, estatales y municipales

-El Escudo Nacional sólo podrá imprimirse y usarse en la papelería oficial

-Y queda prohibido utilizarlo para documentos particulares.

El presente decreto entrará en vigor a partir de este martes 22 de enero.

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