UFCW victoriosa en querella contra Fiesta Foods

PASCO, Wa.- La Unión de Trabajadores de Comida y Comercio (UFCW), por sus siglas en inglés, se anotó la segunda victoria frente a la empresa Fiesta Foods, en la querella sobre la empleada Lorena Contreras. En un caso anterior, la UFCW representó a Ariana Delgado, una ex empleada de la Tienda Fiesta Foods en Sunnyside y debió pagar a Delgado una multa de $3937.08. El señor Randy Tiffey de la UFCW dijo: "Representamos a Ariana por la razón de que fue maltratada y expulsada de su trabajo sin justificadas razones por los propietarios de Fiesta Foods.

La Unión dice que también tienen otros casos que están trabajando y pronto los darán a conocer a los medios de comunicación En el caso de Lorena Contreras, ella laboró para Fiesta Foods por casi cuatro años y fue el 3 de diciembre de 2006 cuando se agregó a su expediente personal, una “carta de advertencia”, por considerar - según la empresa -, que Lorena participaba en acciones de organización durante horas laborales. Contreras por su parte, argumentó que dichas actividades las realizaba fuera del tiempo dede trabajo.

Fiesta Foods, no pudo comprobar lo contrario y es por ello que fue sancionada. Sin embargo, Lorena Contreras, buscó ayuda legal a través de La Unión de Trabajadores de Comida y Comercio y fue el señor Aarón Streepy de la UFCW, que llevó el caso de demanda en contra de Fiesta Foods y, que no prosiguió porque la demandada Fiesta Foods y la demandante UCFW, llegaron a un acuerdo en el cual Fiesta Foods, se comprometía a retirar del archivo personal de Lorena Contreras, la 'carta de advertencia' y, notificarle en los próximos cinco días de trabajo a Lorena Contreras, de forma escrita el aviso de retiro de la carta en mención; además, poner en la correspondencia de la empresa con el logotipo (Fiesta Foods), por los próximos 60 días, en inglés y español, una carta notificando lo referente a solicitación y distribución. Efectivamente, la carta fue enviada a Lorena Contreras con fecha 27 de julio de 2007 al igual, fue puesta la notificación en inglés y español en la correspondencia de la empresa con el logotipo de la misma, por los siguientes 60 días.

Según la notificación, la empresa no tolerará "cualquier solicitación oral en apoyo a un grupo o causa en particular, o distribución de literatura a empleados sobre el mismo, por otros empleados durante horas de trabajo y en cualquier área de la compañía"

Fiesta Foods, "No prohíbe a los empleados solicitar cartas de autorización en propiedad de la compañía, siempre y cuando lo hagan en su propio tiempo, durante lonche o tiempo personal. Los empleados pueden conversar acerca de cualquier tema, unión, religión, política, etc., siempre y cuando no estén bajo tiempo de la compañía. "Tiempo Personal" significa tiempo en el cual la compañía no le está pagando por su trabajo, o está tomando un descanso "coffe Breaks" es pagado; pero al mismo tiempo es su tiempo de descanso.

"Póliza de la Compañía: Solicitación Oral de empleados en apoyo a "X" grupo o cualquier causa será permitido durante horas de no trabajo. (Lonche, antes o después de trabajo, y tiempo de descanso, etc.), la distribución de literatura en lugares no de trabajo, estacionamiento, cuarto de descanso serán permitidos". Estos son derechos inalienables de los trabajadores, dijo la UFCW.

La UFCW, es una organización que lucha por los intereses y derechos laborales de los trabajadores e invita a aquellos que se sientan cohibidos de los mismos, denunciarlos ante las autoridades competentes y de esta manera, contribuir a detener los casos los abusos; como es el caso de Lorena Conteras que con su valentía a sentado un precedente en beneficio de sus ex compañeros. Aunque la demanda corrió su curso, Contreras renunció mucho antes que se diera la resolución, porque consideraba en Fiesta Foods un ambiente hostil, Concluyó Lorena Conteras.

Fransico Alvarez

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