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Diez Razones Para Convertirse en un Ciudadano de los Estados Unidos
Escrito el 07 Oct 2013
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P. He tenido una Mica por más de 5 años. ¿Cuáles son las ventajas y beneficios de ser un ciudadano de los Estados Unidos?
R. Algunas de las ventajas y beneficios de ser ciudadano son:
1. La reforma del Welfare (asistencia pública) seriamente restringe el acceso de inmigrantes a un amplio acceso de beneficios públicos. Si usted es ciudadano puedes calificar para todos los programas en los Estados Unidos.
2. Como ciudadano usted puede solicitar la inmigración de más parientes comparado con los que podría inmigrar si fuera residente, y en algunos casos, esos parientes pueden inmigrar más rápido.
3. Sus hijos menores de 18 años podrían automáticamente calificar para la ciudadanía estadounidense cuando usted se convierta en ciudadano.
4. La ciudadanía puede aumentar su voz en procesos públicos. Usted tendrá el derecho a votar durante las elecciones, y el derecho a ser elegido a oficio público. También tundra el derecho a servir como miembro de un jurado.
5. Usted podrá viajar al extranjero sin tener que preocuparse de obtener un permiso de reingreso, o preocuparse de perder su Mica.
6. Como ciudadano, usted nunca será deportado o excluido. Un residente permanente que cometa un delito, salga del país y regrese a los EE.UU. puede ser excluido por ese crimen. Incluso si no es excluido puede ser deportado por no haber sido excluido al momento de su entrada.
7. Usted nunca tendrá que renovar su estatus legal como ciudadano.
8. Como ciudadano usted calificará para trabajar para el gobierno federal y para aplicar para ciertas posiciones estatales.
9. En los Estados Unidos, para la mayoría de las personas que no son ciudadanas, es ilegal el tener armas de fuego.
10. Si usted es de México y se convierte en ciudadano estadounidense, usted no perderá su ciudadanía mexicana. Usted automáticamente tendrá doble ciudadanía. Usted será un ciudadano de México y un ciudadano de los Estados Unidos al mismo tiempo.
P. Yo no tengo estatus legal y mi hijo/a tampoco tiene estatus legal. Voy a casarme con un(a) ciudadano(a) de los Estados Unidos. ¿Es necesario que mi nuevo(a) esposo(a) adopte a mi hijo(a) para poder aplicar para el estatus legal de mi hijo(a)?
R. Si su hijo(a) era menor de 18 años cuando usted y su esposo(a) americano(a) se casaron, entonces su esposo(a) puede aplicar para su Mica y también puede aplicar para la Mica de su hijo(a) como su padrastro/madrastra. El/la padrastro/madrastra no tiene que adoptar a su hijo(a).
Tomás Roach es un abogado del bufete Roach & Bishop, LLP en Pasco, Washington, que practica la ley en asuntos de inmigración. Esta información no consiste en un consejo legal. Es posible que esta información no se aplique a usted. Cada caso depende de todos los hechos particulares.
Si usted tiene preguntas sobre las leyes de inmigración, para que aparezcan en ésta columna, envíelas a: Tomás Roach, 9221 Sandifur Parkway, Suite C, Pasco, WA 99301, tel.: (509) 547-7587, fax: (509) 547-7745; o enviar un email a troach@roachlaw.com
R. Algunas de las ventajas y beneficios de ser ciudadano son:
1. La reforma del Welfare (asistencia pública) seriamente restringe el acceso de inmigrantes a un amplio acceso de beneficios públicos. Si usted es ciudadano puedes calificar para todos los programas en los Estados Unidos.
2. Como ciudadano usted puede solicitar la inmigración de más parientes comparado con los que podría inmigrar si fuera residente, y en algunos casos, esos parientes pueden inmigrar más rápido.
3. Sus hijos menores de 18 años podrían automáticamente calificar para la ciudadanía estadounidense cuando usted se convierta en ciudadano.
4. La ciudadanía puede aumentar su voz en procesos públicos. Usted tendrá el derecho a votar durante las elecciones, y el derecho a ser elegido a oficio público. También tundra el derecho a servir como miembro de un jurado.
5. Usted podrá viajar al extranjero sin tener que preocuparse de obtener un permiso de reingreso, o preocuparse de perder su Mica.
6. Como ciudadano, usted nunca será deportado o excluido. Un residente permanente que cometa un delito, salga del país y regrese a los EE.UU. puede ser excluido por ese crimen. Incluso si no es excluido puede ser deportado por no haber sido excluido al momento de su entrada.
7. Usted nunca tendrá que renovar su estatus legal como ciudadano.
8. Como ciudadano usted calificará para trabajar para el gobierno federal y para aplicar para ciertas posiciones estatales.
9. En los Estados Unidos, para la mayoría de las personas que no son ciudadanas, es ilegal el tener armas de fuego.
10. Si usted es de México y se convierte en ciudadano estadounidense, usted no perderá su ciudadanía mexicana. Usted automáticamente tendrá doble ciudadanía. Usted será un ciudadano de México y un ciudadano de los Estados Unidos al mismo tiempo.
P. Yo no tengo estatus legal y mi hijo/a tampoco tiene estatus legal. Voy a casarme con un(a) ciudadano(a) de los Estados Unidos. ¿Es necesario que mi nuevo(a) esposo(a) adopte a mi hijo(a) para poder aplicar para el estatus legal de mi hijo(a)?
R. Si su hijo(a) era menor de 18 años cuando usted y su esposo(a) americano(a) se casaron, entonces su esposo(a) puede aplicar para su Mica y también puede aplicar para la Mica de su hijo(a) como su padrastro/madrastra. El/la padrastro/madrastra no tiene que adoptar a su hijo(a).
Tomás Roach es un abogado del bufete Roach & Bishop, LLP en Pasco, Washington, que practica la ley en asuntos de inmigración. Esta información no consiste en un consejo legal. Es posible que esta información no se aplique a usted. Cada caso depende de todos los hechos particulares.
Si usted tiene preguntas sobre las leyes de inmigración, para que aparezcan en ésta columna, envíelas a: Tomás Roach, 9221 Sandifur Parkway, Suite C, Pasco, WA 99301, tel.: (509) 547-7587, fax: (509) 547-7745; o enviar un email a troach@roachlaw.com