Al Tanto De La Inmigración

Inmigración En La Era Covida: Trump "Suspende" Inmigración



P#1: El 22 de abril, Trump firmó una Orden Ejecutiva declarando que estaba "Suspendiendo la Entrada de Inmigrantes a los Estados Unidos." ¿Cuándo se implementará esta orden?
R#1: La Suspensión de Inmigrantes a los Estados Unidos comienza a la medianoche de hoy, el 23 de abril. La suspensión durará un período inicial de 60 días, pero a partir de entonces el presidente puede continuar esta suspensión según sea necesario si lo considera en el "Mejor Interés de los Estados Unidos."
P#2: Específicamente, ¿qué inmigrantes se ven afectados por la Suspensión de Inmigración de 60 días a los Estados Unidos como se enumera en la Orden Ejecutiva?
R#2: La Orden Ejecutiva afecta a personas actualmente fuera de los Estados Unidos que se encuentran en las siguientes categorías:
1. Familiares de Ciudadanos Estadounidenses y Residentes Permanentes,
2. Solicitantes para el Programa de Visa de Diversidad (Lotería de Micas), y
3. La mayoría de los Solicitantes de la Mica basados por Empleo.
P#3: ¿Existen exenciones a la suspensión que figuran en la Orden Ejecutiva?
R#3 Si. Hay algunas exenciones muy importantes que incluyen personas en las siguientes categorías:
1. Cualquier cónyuge o hijo de un Ciudadano Estadounidense,
2. Cualquier persona que ingrese a los EE. UU. como médico, enfermera o profesional de la salud,
3. Cualquier persona bajo el programa de Visa de Inversionista, y
4. Otros Inmigrantes Especiales.
P#4: ¿Cómo afecta esta Orden Ejecutiva a las personas que actualmente están procesando este proceso de inmigración en el extranjero?
R#4 En realidad, esta suspensión de inmigración no debería tener un efecto drástico en el sistema de inmigración si solo dura 60 días. La gran mayoría de las personas que emigran a los Estados Unidos están exentas de esta Orden Ejecutiva. Por lo tanto, la mayoría de la gente verá poco efecto de esta Orden Ejecutiva.
P#5: ¿Qué otros efectos han tenido COVID-19 en el procesamiento de visas de inmigrantes para personas que vienen a los Estados Unidos?
R#5: En realidad, el FACTOR MÁS GRANDE que retrasa la capacidad de las personas de emigrar a los Estados Unidos es el hecho de que CIVOD-19 ha cerrado la mayoría de los Consulados de los Estados Unidos en todo el mundo, por lo que los consulados no están procesando NINGUNA solicitud de inmigrantes de todos modos, a menos que sea una emergencia grave. Entonces, a pesar de él Orden Ejecutivo que suspendió a ciertos inmigrantes por 60 días, el Departamento de Estado en muchos países ya había "suspendido el procesamiento de visas de inmigrantes" a mediados de marzo. En efecto, este Orden Ejecutivo es una declaración simbólica del presidente para promover su agenda contra inmigración y dejar de procesar ciertos casos que ya no se estaban procesando debido a la Pandemia COVID-19.

P#6 Basado en esta Suspensión de Inmigración, ¿con quién puedo hablar para determinar si yo o mi familiar hemos sido afectados?
R#6: Debe consultar con un abogado ahora para determinar si usted o la persona que patrocina están afectados por esta suspensión de inmigración. Si es así, el abogado puede ayudarlo a navegar este problema y determinar si hay alguna forma de calificar bajo una excepción.
P#7: ¿Este Orden Ejecutivo afecta a las personas que vienen a los Estados Unidos como no inmigrantes, como los trabajadores temporeros o los turistas?
R#7: Los Trabajadores Temporeros todavía pueden venir a los EE. UU. con visas de no inmigrantes, sin embargo, con muchos Consulados de EE. UU. cerrados, ha habido serios retrasos en poder obtener esas visas. Además, la mayoría de los viajes desde México, Canadá y otros países han sido severamente restringidos, por lo que, si viene a trabajar en un trabajo esencial, deberá probarlo. Si entrara a los EE. UU. por turismo, es probable que se le niegue la entrada.

Eamonn P.S. Roach es un abogado de la firma Roach & Bishop, LLP en Pasco, Washington, que practica la ley en asuntos de inmigración. Esta información no consiste en un consejo legal. Es posible que esta información no se aplique a usted. Cada caso depende de todos los hechos particulares. Si usted tiene preguntas acerca de las leyes de inmigración que le gustaría respondidas en esta columna, envíelas a: Eamonn P.S. Roach, 9221 Sandifur Parkway, Suite C, Pasco, WA 99301, tel.: (509) 547-7587, fax: (509) 547-7745; o enviar un email a eroach@roachlaw.com.
Eamonn P.S. Roach
eroach@roachlaw.com.

Acerca del Autor
La Voz is celebrating its 28th year anniversary this year. Email: lavoz@bmi.net Phone: (509)545-3055 Mail: P.O.Box 1023 Pasco, WA 99301

Leave a Reply

*